Guía por país
Transparencia retributiva en Slovenia
Lo que la Directiva de la UE sobre transparencia retributiva significa para los empleadores en Slovenia, según su transposición nacional — estado, umbrales, el desencadenante de la evaluación conjunta y dónde presentar.
Slovenia is at pre-draft stage; no national law reference exists as of June 2026 (deadline missed) — despite some third-party trackers listing it as complete. EU baseline applies. That finding is now confirmed from the register rather than from a tracker, and it does not rest on a bare absence: BOTH acts that would have to carry a transposition declare what they transpose and do not declare this one. ZDR-1 art. 1(1) enumerates seventeen directives, the last being (EU) 2019/1158; ZVarD art. 3, headed "prenos pravnih aktov Evropske unije", lists five, the last being 2014/54/ES. Neither names Directive (EU) 2023/970, and the string "2023/970" occurs zero times across ZDR-1, ZVarD and ZEMŽM, against 30 occurrences of "direktiv" in ZDR-1 and 5 in ZVarD as the control that the search finds a directive reference when one is there. The ZDR-1 amendment chain ends in September 2025 with an employment-services act. Do NOT read "EU baseline applies" as "nothing applies": ZDR-1 art. 133 and ZVarD art. 2(1) both bind today — see the regime entries. Whether a transposition bill has been tabled or sent to consultation is NOT established either way: PISRS registers adopted law only, so its silence is evidence about what is in force and says nothing about drafts.
Slovenia aún no ha transpuesto la directiva, y el plazo del 7 de junio de 2026 ha pasado. Los propios umbrales de la directiva son la mejor guía hasta que se promulgue la ley nacional; cualquier régimen nacional preexistente de presentación de información retributiva sigue aplicándose mientras tanto.
Las obligaciones de información dependen del tamaño del empleador: 150 o más empleados, desde 2027 · Cada tres años (previsto); 250 o más empleados, desde 2027 · Anual (previsto); 100 o más empleados, desde 2031 · Cada tres años (previsto). El desencadenante del 5 % de la directiva para una evaluación retributiva conjunta se aplica hasta que la ley nacional fije el suyo.
Aún no hemos confirmado en el texto nacional si las cifras de la brecha retributiva deben publicarse. En cualquier caso, el trabajo de fondo es el mismo: establecer el trabajo de igual valor mediante una valoración de puestos neutra con respecto al género, producir el informe obligatorio de brecha retributiva en el formato nacional y realizar una evaluación conjunta cuando la brecha es demasiado amplia.
Obligaciones de un vistazo
| Umbral de presentación |
|
|---|---|
| Evaluación retributiva conjunta | — |
| Publicación pública | Aún no confirmada |
| Autoridad competente | Inšpektorat RS za delo |
Preguntas frecuentes
¿Está en vigor la Directiva de la UE sobre transparencia retributiva en Slovenia?
Slovenia aún no ha transpuesto la directiva, y el plazo del 7 de junio de 2026 ha pasado. Los propios umbrales de la directiva son la mejor guía hasta que se promulgue la ley nacional; cualquier régimen nacional preexistente de presentación de información retributiva sigue aplicándose mientras tanto.
¿Qué empleadores tienen que informar en Slovenia?
Las obligaciones de información dependen del tamaño del empleador: 150 o más empleados, desde 2027 · Cada tres años (previsto); 250 o más empleados, desde 2027 · Anual (previsto); 100 o más empleados, desde 2031 · Cada tres años (previsto).
¿Qué desencadena una evaluación retributiva conjunta en Slovenia?
El desencadenante del 5 % de la directiva para una evaluación retributiva conjunta se aplica hasta que la ley nacional fije el suyo.
Esta guía resume información de acceso público solo a título orientativo. No es asesoramiento jurídico — confirma cada cifra con Slovenia y su propio texto de transposición antes de basarte en ella.